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¡Oh, creyentes! Si contraéis una deuda por un plazo determinado ponedlo por 2:282 Spanish translation

Quran infoSpanishSurah Al-Baqarah ⮕ (2:282) ayat 282 in Spanish

2:282 Surah Al-Baqarah ayat 282 in Spanish (الإسبانية)

Quran with Spanish translation - Surah Al-Baqarah ayat 282 - البَقَرَة - Page - Juz 3

﴿يَٰٓأَيُّهَا ٱلَّذِينَ ءَامَنُوٓاْ إِذَا تَدَايَنتُم بِدَيۡنٍ إِلَىٰٓ أَجَلٖ مُّسَمّٗى فَٱكۡتُبُوهُۚ وَلۡيَكۡتُب بَّيۡنَكُمۡ كَاتِبُۢ بِٱلۡعَدۡلِۚ وَلَا يَأۡبَ كَاتِبٌ أَن يَكۡتُبَ كَمَا عَلَّمَهُ ٱللَّهُۚ فَلۡيَكۡتُبۡ وَلۡيُمۡلِلِ ٱلَّذِي عَلَيۡهِ ٱلۡحَقُّ وَلۡيَتَّقِ ٱللَّهَ رَبَّهُۥ وَلَا يَبۡخَسۡ مِنۡهُ شَيۡـٔٗاۚ فَإِن كَانَ ٱلَّذِي عَلَيۡهِ ٱلۡحَقُّ سَفِيهًا أَوۡ ضَعِيفًا أَوۡ لَا يَسۡتَطِيعُ أَن يُمِلَّ هُوَ فَلۡيُمۡلِلۡ وَلِيُّهُۥ بِٱلۡعَدۡلِۚ وَٱسۡتَشۡهِدُواْ شَهِيدَيۡنِ مِن رِّجَالِكُمۡۖ فَإِن لَّمۡ يَكُونَا رَجُلَيۡنِ فَرَجُلٞ وَٱمۡرَأَتَانِ مِمَّن تَرۡضَوۡنَ مِنَ ٱلشُّهَدَآءِ أَن تَضِلَّ إِحۡدَىٰهُمَا فَتُذَكِّرَ إِحۡدَىٰهُمَا ٱلۡأُخۡرَىٰۚ وَلَا يَأۡبَ ٱلشُّهَدَآءُ إِذَا مَا دُعُواْۚ وَلَا تَسۡـَٔمُوٓاْ أَن تَكۡتُبُوهُ صَغِيرًا أَوۡ كَبِيرًا إِلَىٰٓ أَجَلِهِۦۚ ذَٰلِكُمۡ أَقۡسَطُ عِندَ ٱللَّهِ وَأَقۡوَمُ لِلشَّهَٰدَةِ وَأَدۡنَىٰٓ أَلَّا تَرۡتَابُوٓاْ إِلَّآ أَن تَكُونَ تِجَٰرَةً حَاضِرَةٗ تُدِيرُونَهَا بَيۡنَكُمۡ فَلَيۡسَ عَلَيۡكُمۡ جُنَاحٌ أَلَّا تَكۡتُبُوهَاۗ وَأَشۡهِدُوٓاْ إِذَا تَبَايَعۡتُمۡۚ وَلَا يُضَآرَّ كَاتِبٞ وَلَا شَهِيدٞۚ وَإِن تَفۡعَلُواْ فَإِنَّهُۥ فُسُوقُۢ بِكُمۡۗ وَٱتَّقُواْ ٱللَّهَۖ وَيُعَلِّمُكُمُ ٱللَّهُۗ وَٱللَّهُ بِكُلِّ شَيۡءٍ عَلِيمٞ ﴾
[البَقَرَة: 282]

¡Oh, creyentes! Si contraéis una deuda por un plazo determinado ponedlo por escrito. Que la persona a la que recurráis tome nota fiel ante vuestra presencia; y así como Allah le ha agraciado con la escritura, que no se niegue a hacerlo. Que registre con temor a Allah y sin omitir nada lo que el deudor reconoce que adeuda. En caso que el deudor sea derrochador o incapaz ante la ley o no pueda expresar su deuda que lo haga en su lugar su apoderado con equidad. Hacedlo frente a dos hombres de entre quienes consideréis justos que sean vuestros testigos, y si no contáis con dos hombres recurrid a un hombre y dos mujeres, de manera que si una de ellas se equivoca la otra subsane el error. Que los testigos no se rehúsen si son citados. Y no dejéis de escribir toda deuda, pequeña o grande, detallando su vencimiento. Esto es lo más justo ante Allah, la mejor prueba y el camino más seguro para evitar dudas. Podéis prescindir de registrar las operaciones comerciales realizadas de contado, pero recurrid a testigos para esto. No se debe coaccionar a quien asiente por escrito una deuda ni a los testigos; porque hacerlo es un acto de desobediencia. Temed a Allah, pues si sois piadosos Él os agraciará con el conocimiento. Allah es conocedor de todas las cosas

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ترجمة: ياأيها الذين آمنوا إذا تداينتم بدين إلى أجل مسمى فاكتبوه وليكتب بينكم, باللغة الإسبانية

﴿ياأيها الذين آمنوا إذا تداينتم بدين إلى أجل مسمى فاكتبوه وليكتب بينكم﴾ [البَقَرَة: 282]

Abdul Qader Mouheddine, Sirhan Ali Sanchez.
¡Oh, creyentes! Si contraeis una deuda por un plazo determinado ponedlo por escrito. Que la persona a la que recurrais tome nota fiel ante vuestra presencia; y asi como Allah le ha agraciado con la escritura, que no se niegue a hacerlo. Que registre con temor a Allah y sin omitir nada lo que el deudor reconoce que adeuda. En caso que el deudor sea derrochador o incapaz ante la ley o no pueda expresar su deuda que lo haga en su lugar su apoderado con equidad. Hacedlo frente a dos hombres de entre quienes considereis justos que sean vuestros testigos, y si no contais con dos hombres recurrid a un hombre y dos mujeres, de manera que si una de ellas se equivoca la otra subsane el error. Que los testigos no se rehusen si son citados. Y no dejeis de escribir toda deuda, pequena o grande, detallando su vencimiento. Esto es lo mas justo ante Allah, la mejor prueba y el camino mas seguro para evitar dudas. Podeis prescindir de registrar las operaciones comerciales realizadas de contado, pero recurrid a testigos para esto. No se debe coaccionar a quien asiente por escrito una deuda ni a los testigos; porque hacerlo es un acto de desobediencia. Temed a Allah, pues si sois piadosos El os agraciara con el conocimiento. Allah es conocedor de todas las cosas
Islamic Foundation
¡Oh, creyentes!, si contraeis una deuda por un plazo determinado, que uno de vosotros que sepa escribir lo ponga por escrito. Y quien lo haga que sea justo y que no se niegue a hacerlo despues de que Al-lah le ensenara (la escritura). Que escriba, pues, con temor de Al-lah, su Senor, y que no reduzca en nada la deuda; y que le dicte quien la contrae. Y si este fuera ignorante o debil mentalmente y no pudiera dictar, que lo haga en su lugar su tutor con equidad. Y tomad a dos hombres de entre vosotros como testigos, y si no hubiera dos hombres disponibles, tomad a un hombre y a dos mujeres[91] que acepteis como testigos; si una de ellas se equivocara, la otra podria recordarselo (y subsanar el error). Y que los testigos no se nieguen a comparecer si son llamados. Y no dejeis de poner la deuda por escrito, ya sea esta pequena o grande, indicando su vencimiento. Eso es lo mas justo para Al-lah, la mejor prueba y la manera mas segura de evitar dudas entre vosotros. No obstante, si se trata de una transaccion comercial entre vosotros realizada en el acto, no cometeis falta alguna si no la poneis por escrito, pero recurrid a testigos para cualquier transaccion. Ni quienes ponen las deudas por escrito ni los testigos deberan verse presionados. Y si los presionais, sera un acto de desobediencia de vuestra parte. Temed a Al-lah; y Al-lah es Quien os ensena (lo que mas os conviene). Y Al-lah tiene conocimiento sobre todas las cosas
Islamic Foundation
¡Oh, creyentes!, si contraéis una deuda por un plazo determinado, que uno de vosotros que sepa escribir lo ponga por escrito. Y quien lo haga que sea justo y que no se niegue a hacerlo después de que Al-lah le enseñara (la escritura). Que escriba, pues, con temor de Al-lah, su Señor, y que no reduzca en nada la deuda; y que le dicte quien la contrae. Y si este fuera ignorante o débil mentalmente y no pudiera dictar, que lo haga en su lugar su tutor con equidad. Y tomad a dos hombres de entre vosotros como testigos, y si no hubiera dos hombres disponibles, tomad a un hombre y a dos mujeres[91] que aceptéis como testigos; si una de ellas se equivocara, la otra podría recordárselo (y subsanar el error). Y que los testigos no se nieguen a comparecer si son llamados. Y no dejéis de poner la deuda por escrito, ya sea esta pequeña o grande, indicando su vencimiento. Eso es lo más justo para Al-lah, la mejor prueba y la manera más segura de evitar dudas entre vosotros. No obstante, si se trata de una transacción comercial entre vosotros realizada en el acto, no cometéis falta alguna si no la ponéis por escrito, pero recurrid a testigos para cualquier transacción. Ni quienes ponen las deudas por escrito ni los testigos deberán verse presionados. Y si los presionáis, será un acto de desobediencia de vuestra parte. Temed a Al-lah; y Al-lah es Quien os enseña (lo que más os conviene). Y Al-lah tiene conocimiento sobre todas las cosas
Islamic Foundation
¡Oh, creyentes!, si contraen una deuda por un plazo determinado, que uno de ustedes que sepa escribir lo ponga por escrito. Y quien lo haga, que sea justo y que no se niegue a hacerlo despues de que Al-lah le ensenara (la escritura). Que escriba, pues, con temor de Al-lah, su Senor, y que no reduzca en nada la deuda; y que le dicte quien la contrae. Y si este fuera ignorante o debil mentalmente y no pudiera dictar, que lo haga en su lugar su tutor con equidad. Y tomen a dos hombres de entre ustedes como testigos; y si no hubiera dos hombres disponibles, tomen a un hombre y a dos mujeres[91] que acepten como testigos; si una de ellas se equivocara, la otra podria recordarselo (y subsanar el error). Y que los testigos no se nieguen a comparecer si son llamados. Y no dejen de poner la deuda por escrito, ya sea esta pequena o grande, indicando su vencimiento. Eso es lo mas justo para Al-lah, la mejor prueba y la manera mas segura de evitar dudas entre ustedes. No obstante, si se trata de una transaccion comercial entre ustedes realizada en el acto, no cometen falta alguna si no la ponen por escrito, pero recurran a testigos para cualquier transaccion. Ni quienes ponen las deudas por escrito ni los testigos deberan verse presionados. Y si los presionan, sera un acto de desobediencia de parte suya. Teman a Al-lah; y Al-lah es Quien les ensena (lo que mas les conviene). Y Al-lah tiene conocimiento sobre todas las cosas
Islamic Foundation
¡Oh, creyentes!, si contraen una deuda por un plazo determinado, que uno de ustedes que sepa escribir lo ponga por escrito. Y quien lo haga, que sea justo y que no se niegue a hacerlo después de que Al-lah le enseñara (la escritura). Que escriba, pues, con temor de Al-lah, su Señor, y que no reduzca en nada la deuda; y que le dicte quien la contrae. Y si este fuera ignorante o débil mentalmente y no pudiera dictar, que lo haga en su lugar su tutor con equidad. Y tomen a dos hombres de entre ustedes como testigos; y si no hubiera dos hombres disponibles, tomen a un hombre y a dos mujeres[91] que acepten como testigos; si una de ellas se equivocara, la otra podría recordárselo (y subsanar el error). Y que los testigos no se nieguen a comparecer si son llamados. Y no dejen de poner la deuda por escrito, ya sea esta pequeña o grande, indicando su vencimiento. Eso es lo más justo para Al-lah, la mejor prueba y la manera más segura de evitar dudas entre ustedes. No obstante, si se trata de una transacción comercial entre ustedes realizada en el acto, no cometen falta alguna si no la ponen por escrito, pero recurran a testigos para cualquier transacción. Ni quienes ponen las deudas por escrito ni los testigos deberán verse presionados. Y si los presionan, será un acto de desobediencia de parte suya. Teman a Al-lah; y Al-lah es Quien les enseña (lo que más les conviene). Y Al-lah tiene conocimiento sobre todas las cosas
Julio Cortes
¡Creyentes!. Si contraeis una deuda por un plazo determinado, ponedlo por escrito. Que un escribano tome fiel nota en vuestra presencia, sin rehusarse a escribir como Ala le de a entender. Que escriba. Que el deudor dicte en el temor de Ala, su Senor, y que no deduzca nada. Y si el deudor fuera necio, debil o incapaz de dictar, que dicte su procurador con fidelidad. Llamad, para que sirvan de testigos, a dos de vuestros hombres; s no los hay, elegid a un hombre y a dos mujeres de entre quienes os plazcan como testigos, de tal modo que si una yerra, la otra subsane su error. Que los testigos no se sustraigan cuando se les llame. Que no os repugne subscribir una deuda, sea pequena o grande, precisando su vencimiento. Esto es mas equitativo ante Ala, es mas correcto para el testimonio y da menos lugar a dudas. A menos que se trate de una operacion concluida entre vosotros sin intermediarios; entonces, no hay inconveniente en que no lo pongais por escrito. Pero ¡tomad testigos cuando os vendais algo! ¡Y que no se moleste al escribano ni al testigo! Si lo haceis, cometereis una iniquidad. ¡Temed a Ala! Ala os instruye. Ala es omnisciente
Julio Cortes
¡Creyentes!. Si contraéis una deuda por un plazo determinado, ponedlo por escrito. Que un escribano tome fiel nota en vuestra presencia, sin rehusarse a escribir como Alá le dé a entender. Que escriba. Que el deudor dicte en el temor de Alá, su Señor, y que no deduzca nada. Y si el deudor fuera necio, débil o incapaz de dictar, que dicte su procurador con fidelidad. Llamad, para que sirvan de testigos, a dos de vuestros hombres; s no los hay, elegid a un hombre y a dos mujeres de entre quienes os plazcan como testigos, de tal modo que si una yerra, la otra subsane su error. Que los testigos no se sustraigan cuando se les llame. Que no os repugne subscribir una deuda, sea pequeña o grande, precisando su vencimiento. Esto es más equitativo ante Alá, es más correcto para el testimonio y da menos lugar a dudas. A menos que se trate de una operación concluida entre vosotros sin intermediarios; entonces, no hay inconveniente en que no lo pongáis por escrito. Pero ¡tomad testigos cuando os vendáis algo! ¡Y que no se moleste al escribano ni al testigo! Si lo hacéis, cometeréis una iniquidad. ¡Temed a Alá! Alá os instruye. Alá es omnisciente
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